6
Jun

Guillermo Navarro Jiménez: Tarifas Planas

guillermonavarrojimnezEl editorial del Diario El Universo del día martes 2 de junio del 2009, trae a nuestra memoria la profundidad de las reflexiones que se exhibieron en la Asamblea Nacional Constituyente sobre temas relacionados con el contenido del editorial, el cual, en momentos en que la pasión política desborda la razón, resulta refrescante por mirar al futuro de la Nación en su conjunto.

El editorial en mención si bien se refiere explícitamente al acceso Internet, limitado por el alto costo, en forma implícita trata de la creación de las mejores condiciones para posibilitar la integración del mayor número posible de ecuatorianos a lo que se denomina sociedad de la información, como de infiere de la referencia a los cambios tecnológicos.

El editorial por lo expresado coincide con la demanda establecida en el Artículo 17, segundo inciso de la Constitución vigente que dispone que el Estado: “Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación, en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada”. Coincidencia que es buen ejemplo para que todos los medios de información cumplan con su obligación de apoyar a la creación de una opinión pública que contribuya al cumplimiento de esa disposición.

La profundidad de la reflexión de la Asamblea Constituyente, a nuestro criterio, se demuestra en este caso, en que antes de definir el articulado, trató sobre los mecanismos que pueden contribuir al cumplimiento del rol asignado al Estado, entre los cuales vale citar las tarifas planas. Tipo de tarifas que, por extraño que parezca, está relacionado con el articulado referente a las empresas públicas, a las que se adjudica un carácter social por el destino del excedente, lo que les aleja tanto de la visión socialdemócrata que limitó el destino del excedente a la empresa, como de la visión utilitarista.

Así planteado el problema, la implantación de tarifas planas se viabiliza, ya que éstas tiene dos características básicas: el establecer un precio menor, no determinado por el tiempo de conexión y el tipo de servicio. ¿Cómo ello es posible?

Los servicios privados de Internet, exceptuando los satelitales y los que tiene redes de cables propias, arriendan los cables telefónicos de la Corporación de Telecomunicaciones, lo que encarece el servicio. Ante ello, la Corporación Nacional de Telecomunicaciones tiene la posibilidad cierta de reducir sus tarifas, sobre la base del valor pagado por los arrendatarios de los cables. Pero no sólo por esta razón es posible reducir las tarifas, existe otro elemento: el servicio de Internet que ofrecen las empresas públicas lo hacen a través de los cables telefónicos o de los eléctricos. Cables cuyo uso es pagado cuando se abonan las tarifas telefónicas o eléctricas. Efectivamente, lo único que hacen los servicios públicos de Internet es dividir el uso del cable en dos partes: voz y datos en el de las telefónicas, y datos y energía en el de la eléctrica.

A lo expresado debe agregarse que no siendo más la optimización de las utilidades el objetivo primero y último de las empresas públicas y que el excedente, luego de efectuarse las inversiones y reinversiones, deben transferirse al Presupuesto General del Estado como lo establece el artículo 315, tercer inciso de la Constitución vigente, es posible estimar el valor remanente de los excedentes y, en lugar de transferirlo al Presupuesto del Estado para que éste a su vez lo redistribuya, trasladarlo directamente a la ciudadanía a través de una menor tarifa de internet.

Las reducciones antes planteadas, no tienen por qué afectar al desarrollo de la empresa como seguramente algunos objetarán, puesto que el artículo 315 señala que la transferencia de los excedentes al Presupuesto General del Estado se realizará luego de las inversiones y reinversiones necesarias para su desarrollo.

En consecuencia, sin afectar al desarrollo de las empresas públicas, ni tampoco a su capacidad operativa, es posible establecer tarifas planas, a precios inferiores. Experiencia que, por otra parte se ha implementado ya en muchos países, en algunos de los cuales incluso se han establecido tarifas cero generales. En el país, empresas públicas como ETAPA de Cuenca, si bien en forma limitada, ha adoptado el sistema de tarifas cero, sin que se produzca la quiebra que ágilmente exhibirán quienes anteponen intereses privados al el progreso de la Nación en su conjunto.

Back to Top